Capablancka, J.T.
La última broma pesada, porque éstos no entienden de otras, ha sido la reforma constitucional que PSOE y PP han perpetrado durante estos días pasados contra el pueblo español. En concreto, han reformado el artículo 135 de nuestra Carta Magna, sin consultarlo con nadie ni explicarlo tampoco a nadie. A continuación tienen Vds. lo que ambos artículos (viejo y nuevo) nos dicen.
Art. 135 (viejo)
- El Gobierno habrá de estar autorizado por ley para emitir Deuda Pública o contraer crédito.
- Los créditos para satisfacer el pago de intereses y capital de la Deuda Pública del Estado se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de los presupuestos y no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión.
Art. 135 (nuevo)
- Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.
- El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros. Una Ley Orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.
- El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer crédito. Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión. El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación al producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
- Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.
- Una Ley Orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará: a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse. b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural. c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
- Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.
- La Ley Orgánica prevista en el artículo 135 de la Constitución Española deberá estar aprobada antes de 30 de junio de 2012.
- Dicha ley contemplará los mecanismos que permitan el cumplimiento del límite de deuda a que se refiere el artículo 135.3.
- Los límites de déficit estructural establecidos en el 135.2 de la Constitución Española entrarán en vigor a partir de 2020.
- La presente reforma del artículo 135 de la Constitución Española entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el Boletín Oficial del Estado. Se publicará también en las demás lenguas de España.
Esta ha sido, señores, la apremiante reforma constitucional que nuestro país necesitaba tan urgentemente para no hundirse en la miseria más absoluta. Tan urgentemente que siquiera ha dado tiempo a nuestros representantes parlamentarios para consultar a los ciudadanos. Dicha consulta no era preceptiva, dirán los entendidos, pero aún era menos necesaria la reforma y nos la hemos tenido que tragar enterita (hasta las disposición adicional, que ordena la entrada en vigor de lo aprobado para el año 2020. ¡Toma urgencia!). Esta reforma constata lo que el pueblo español significa para la clase política actual, el poco respeto que la ciudadanía les merece y las maneras tan sibilinas (o mejor dicho, chapuceras) a las que recurren para engañarnos y vivir como auténticos reyes (absolutos) a costa de nuestro empobrecimiento y de conducir al Estado a la ruina. Esta reforma es una de las mayores tomaduras de pelo que se han visto en nuestra democracia.
En primer lugar, la reforma, no reforma nada. Ordena que lo haga una Ley Orgánica que deberá ser aprobada antes del 30 junio de 2012, pero sin ningún tipo de concreción para la misma en cuanto a topes de las limitaciones y responsabilidades por su incumplimiento. Y para entonces, dicha ley establecerá el tope máximo de déficit estructural, independientemente de lo que apruebe la Unión Europea. ¿Y si no coinciden los topes, qué? ¿Limitará la normativa europea también -y expresamente- el déficit estructural o el total? ¿Por qué hacen hincapié y precisamente ahora- en el déficit estructural cuando nunca antes nos lo habían mencionado? ¿Qué es el déficit estructural?
- DÉFICIT ESTRUCTURAL
-Es el Déficit público de carácter permanente que se produce independientemente de la influencia del ciclo económico sobre los Ingresos y Gastos.
-Déficit que persiste en presencia del pleno empleo.
Según estas definiciones podríamos deducir que el déficit estructural es aquel que se da cuando no debería darse ningún déficit. A pesar de ello, nuestras autoridades han establecido un límite por ley, luego esperan incurrir en él. Pero dicho tope no tendrá validez alguna en caso de catástrofe natural, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado (y que la mayoría del Congreso de los Diputados así las aprecie). Es decir, que prácticamente por cualquier motivo -y cuando digo cualquier motivo quiero decir cualquier motivo- podrá nuestro Estado incurrir en déficit (en el estructural y en el coyuntural). O sea, lo mismo que ahora desde que ZP derogara la Ley de Déficit Cero aprobada por Aznar y que tan buenos resultados había venido dando.
Pero el despropósito pasa a mayores cuando comprobamos que la entrada en vigor de la reforma lo será a partir de 2020 como bien señala la disposición adicional única en lo referente al límite de déficit (y por más que la disposición final única nos diga que ésta se producirá el mismo día de la publicación de su texto oficial en el B.O.E.). Es decir, que se aprueba a toda velocidad (y casi con nocturnidad y alevosía) una reforma constitucional que nos dice que una Ley Orgánica aprobada antes de julio de 2012 limitará el déficit estructural del Estado a partir de 2020. ¿Vds. entienden algo? ¿Para qué tanta mariconada si a la hora de la verdad van a poder seguir endeudándose todo lo que les venga en gana y más? Sólo necesitan que una mayoría parlamentaria diga que la situación así lo requiere... y arcas llenas hasta los topes de nuevo.
Sin considerar la pérdida de soberanía que supone ceder la decisión de nuestro tope de déficit a la Unión Europea. Sólo por ello hubiera sido necesario el referéndum. Pero con él, los políticos nunca habrían podido aprobar algo tan etéreo, infumable y carente de sentido como la reforma que nos han aprobado. Habrían tenido que concretar, cosa que por lo visto les produce pánico. Esta reforma les autoriza a gastar todo lo que les venga en gana al dotarlos de todas las excusas "legales" necesarias para así hacerlo. Se habrán hecho muchas fotos y el gran acuerdo constitucional del PPOE habrá ocupado variadas aperturas de telediarios, pero lo cierto es que hasta el 2020 van a poder seguir endeudándonos todo lo que les dejen los mercados (y el BCE). Y a partir de entonces, veremos...
¿Qué quieren que les diga? Yo, a éstos, los ingresaba a todos en prisión mañana mismo. A todos ellos. Incluso a los que no han votado a favor de la reforma. Pitorreos, con el carcelero...
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